La Comisión Europea ha publicado una propuesta de Directiva anunciado un nuevo lote de medidas referidas al sistema del IVA de la UE, que pretenden ayudar a reducir los trámites y costes en el cumplimiento de las obligaciones en materia de IVA.
El objetivo de las reformas
Estas reformas pretenden:
- Reducir los trámites y costes en el cumplimiento de las obligaciones en materia del IVA, alentando a las empresas a acceder y emprender en un mercado único.
- Aumentar la recaudación fiscal de los Estados miembros.
- Garantizar el libre movimiento de bienes y servicios bajo condiciones de leal competencia.
La propuesta podría entrar en vigor inmediatamente después de su aprobación por el Consejo. En caso de resultar aprobada, los Estados miembros deberán adoptar y publicar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que sean necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 1 de la Directiva del Consejo, con el límite del 31 de diciembre de 2017, y aplicar las medidas precisas para dar cumplimiento a la Directiva a partir del 1 de enero de 2018.
¿De qué manera afectarán estas reformas a las empresas?
Los vendedores de la UE podrán aplicar las normas de su país de origen en cuestiones tales como la facturación y el mantenimiento de registros. Este hecho simplificará las cuestiones de las empresas que actualmente tienen que cumplir con la legislación del país de destino.
Las empresas que proporcionen servicios a distancia verán sus trámites simplificados en materia del IVA mediante la actualización del sistema de miniventanilla única, ‘’Mini One-Stop-Shop’’ (MOSS), mediante la realización de una única declaración trimestral por todas sus ventas en la UE.
Además, se introducirá un conjunto de umbrales, en las ventas a distancia intracomunitarias de servicios electrónicos, de entre 10.000 euros, por debajo del cual las empresas podrán seguir aplicando las normas de IVA de su país de origen, y de 100.000 euros que ayudará a las pequeñas empresas con normas simplificadoras para determinar dónde se encuentran sus clientes
No será hasta 2021 cuando estas enmiendas lleguen a la venta transfronteriza de bienes, mediante la ampliación del sistema de miniventanilla única (MOSS) para las ventas a distancia intracomunitarias y las procedentes de países terceros, aplicándose los anteriores umbrales también a las operaciones de venta intracomunitarias a distancia de bienes.