Queda confirmado por el Gobierno portugués que las empresas no establecidas en Portugal tendrán que emitir facturas a través de un un software certificado a partir del 1 enero de 2021. Hasta ahora solo las empresas establecidas en Portugal con un volumen de ventas superior a 100.000€ tenían obligación de emitir facturas desde un software de facturación electrónico. Sin embargo, desde el 1 de julio de 2019 se rebaja este umbral a 75.000€ y se cree que se extenderá la obligación a las no establecidas.
Aunque la normativa (Decreto-Lei n.º 28/2019) no es clara a este último punto, si parece que las interpretaciones de la misma coinciden en que los sujetos no establecidos tendrán que implementar un software certificado a partir de julio de 2019.
A un mes de que entre en vigor la norma, esta interpretación todavía no ha sido confirmada por la Hacienda portuguesa que se esperaba que emitiera una Resolución sobre este tema en abril.
Desde IVAEuropa ponemos en sobre aviso a las empresas que puedan verse implicadas con la reforma de esta norma, puesto que en caso de incumplimiento existen sanciones específicas previstas en la ley que oscilan entre los 300 y 18.750 euros.
Respecto al SAF-T, la obligación persiste solo para las empresas establecidas. No obstante, es de esperar que también se extienda la obligación de presentar el SAF-T a todas las empresas tras la instauración del software de facturación certificado.